EMPRESA MAYORISTA EN CALI

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APOSTILLA Y LEGALIZACION DE LA HAYA TRAMITE PAPELES EN CALI COLOMBIA ENVIO CORREO INTERNACIONAL SERVICIO DE APOSTILLA DE LA HAYA Y LEGALIZACIONES DE DOCUMENTOS

VENTA DE SEGUROS MEDICOS INTERNACIONALES CALI

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miércoles, 8 de julio de 2015

CORREO INTERNACIONAL CERTIFICADO Entrega de documentos y paquetes a nivel mundial, llegamos a más de 250 destinos en el mundo a través de los mejores Courier como FEDEX, DHL, TNT, COPA COURIER.


APOSTILLADO Y LEGALIZACIONES
Diligencias que se hacen a peticiones del cliente ante el ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia, ubicado en Bogotá, para que el documento tenga valides en el exterior. El tiempo estimado del trámite es de 2 a 3 días hábiles en condiciones normales.
TRADUCCIÓN OFICIAL
Diligencias que se hacen ante traductores oficiales de todas las lenguas autorizados por el gobierno Colombiano (Min Exterior y Min Justicia) El tiempo varía dependiendo el número de páginas a traducir.
TRÁMITES CONSULARES
Estas diligencias se hacen a petición del cliente, gestionamos todo tipo de documentos que no requieran la presencia del solicitante, como representaciones de menores, sellos de autenticación de firmas, compulsar certificados de estudio, entre otras.

ENVIOS
Recepción y entrega de documentos y paquetes a nivel internacional, nacional y local a través de las mejores compañías de correo del mundo y Colombia (Fedex, TNT, DHL, Copa Currier, Enlace Service, Coordinadora, Deprisa, Enco Express)
APOSTILLA Y LEGALIZACIÓN
Trámite ante al ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia de todo tipo de documentos (Públicos y Privados)
CORREO URBANO CERTIFICADO
Recepción y distribución de documentos y paquetes en la ciudad de Cali y sus alrededores a través de los mejores courier de la ciudad.
CORREO NACIONAL CERTIFICADO
Recepción y distribución de documentos a nivel nacional, llegamos a las principales ciudades del país a través de los mejores Courier.
CORREO INTERNACIONAL CERTIFICADO
Entrega de documentos y paquetes a nivel mundial, llegamos a más de 250 destinos en el mundo a través de los mejores Courier como FEDEX, DHL, TNT, COPA COURIER. Seguimiento y rastreo de los envíos vía internet. Los tiempos de entrega varían según el país de destino.

POSTALES OFICINA PRINCIPAL URGENCIAS CR 4 # 14 - 50 LOCAL 117 EDIFICIO ATLANTIS EN CALI TRAMITES DE APOSTILLA CONSULADOS ECLASIASTICO AGREGADURIA HOMOLOGACION TITULOS CENTRO TERMINAL DEL TRAMITE


Contamos con más de 15 años de experiencia y aceptación en el campo de la mensajería urgente. Tiempo en el cual hemos diseñado nuevos servicios y procesos de logística para satisfacer las necesidades del mercado en lo que respecta al servicio de gestión y radicación de documentos ante entidades públicas y/o privadas como Ministerios, Notarías, Embajadas, Consulados, Ministerios, entre otras.

La necesidad de APOSTILLAR O LEGALIZAR documentos para que tengan validez en otros países suelen ser complicada, y en otras ocasiones, la falta de tiempo o conocimiento, provoca que los trámites se retrasen y que se pierda tiempo valioso.
Es por esto que nuestra empresa creó una unidad de negocios GESTORIA DOCUMENTAL  (trámites y solicitud de documentos a nivel nacional) para atender estas necesidades que van ligadas de los envíos internacionales. Nuestro propósito es estar mas cerca a los usuarios de estos servicios






URGENCIAS APOSTILLAJE OFICINA PRINCIPAL SERVICIO DE A POSTALES APOSTILLAS Y LEGALIZACIONES MENSAJERIA INTERNACIONAL TRAMITES ANTE CONSULADOS

¿QUÉ ES UNA APOSTILLA?

La apostilla es la legalización de la firma de un funcionario público en ejercicio de sus funciones cuya firma deberá estar registrada en la base de datos del Ministerio de Relaciones Exteriores. Se apostilla la firma del funcionario público impuesta en el documento mas no se certifica ni revisa su contenido. Un documento se debe apostillar cuando el país en el cual surtirá efectos es parte de la Convención sobre la Abolición del Requisito de Legalización para Documentos Públicos Extranjeros de la Haya de 1961. 
La apostilla también podrá imponerse sobre documento privado. La firma del documento privado deberá ser reconocida por notario público, la firma de éste último deberá estar registrada en la base de datos del Ministerio de Relaciones Exteriores. 
Consultar el listado de países que apostillan:

Albania, Alemania, Andorra, Antigua y Barbuda, Antillas Holandesas, Argentina, Armenia,Australia, Austria, Azerbaiyán, Bahamas, Barbados, Bielorrusia, Bélgica, Belice, Bermuda, Bosnia-Herzegovina, Botsuana, Brunei, Bulgaria, Cabo Verde, Colombia, Islas Cook, Corea del Sur, Croacia, Chipre, República Checa, Dinamarca, Dominica, República Dominicana,Ecuador, El Salvador, Eslovaquia, España, Estados Unidos de América, Estonia, Fiji, Finlandia, Francia, Georgia, Grecia, Granada, Honduras, Hong Kong, Hungría, India, Islandia, Irlanda, Israel, Italia, Japón, Kazajstán, Lesotho, Letonia, Liberia, Liechtenstein, Lituania, Luxemburgo, Malawi, Malta, Islas Marshall, Macao, Mauricio, México, Moldova, Mónaco, Montenegro, Namibia, Nueva Zelanda, Niue, Noruega, Países Bajos, Panamá, Perú,Polonia, Portugal, Reino Unido (UK) e Irlanda del Norte, Rumanía, Federación Rusa, Saint Kitts y Nevis, Santa Lucía, San Marteen, San Vicente y las Granadinas, Samoa, San Marino, Serbia, Sudáfrica, Suriname, Swazilandia, Suecia, Suiza, Antigua República Yugoslava de Macedonia, Tonga, Trinidad y Tobago, Turquía, Ucrania, Vaticano y Venezuela.

¿QUÉ ES UNA LEGALIZACIÓN?

La legalización consiste en reconocer la firma de funcionario público en ejercicio de sus funciones previo registro en la base de datos del Ministerio de Relaciones Exteriores para que el documento sea válido en otro país. Se legaliza la firma del funcionario público impuesta en el documento, más no se certifica ni revisa su contenido. Un documento se debe legalizar cuando el país en el cual surtirá efectos no hace parte de la Convención sobre la Abolición del Requisito de Legalización para Documentos Públicos Extranjeros de la Haya de 1961. La legalización también podrá imponerse sobre documento privado.

La firma del documento privado deberá ser reconocida por notario público, la firma de éste último deberá estar registrada en la base de datos del Ministerio de Relaciones Exteriores

TRADUCCIÓN OFICIAL
Diligencias que se hacen ante traductores oficiales de todas las lenguas autorizados por el gobierno Colombiano (Ministerio del  Exterior y de Justicia) El tiempo varía dependiendo el número de páginas a traducir.

martes, 30 de junio de 2015

EDIFICIO PARA APOSTILLADO- APOSTILLE DE LA HAYE EN CALI CR 4 # 14 - 50 LOCAL 117 EDIFICIO ATLANTIS


Qué es

El trámite de apostilla consiste en colocar sobre un documento público, o una prolongación del mismo, una Apostilla o anotación que certificará la autenticidad de la firma de los documentos públicos expedidos en un país firmante del XII Convenio de La Haya, de 5 de octubre de 1961, por el que se suprime la exigencia de Legalización de los Documentos Públicos Extranjeros que deban surtir efectos en otro país firmante del mismo.
Así, los documentos emitidos en un país firmante del Convenio que hayan sido certificados por una Apostilla deberán ser reconocidos en cualquier otro país del Convenio sin necesidad de otro tipo de autenticación.
Puede encontrar el listado de Estados adheridos al citado Convenio en la página Web de la Conferencia de la Haya de Derecho Internacional Privado*
*En el caso de la República Popular China sólo se aplica a los territorios de Macao y Hong Kong. Respecto de Albania no se aplica el Convenio con España.
¿Qué documentos pueden apostillarse? Documentos públicos
  • Documentos judiciales: Documentos dimanantes de una autoridad o funcionario vinculado a una jurisdicción del Estado, incluyendo los provenientes del Ministerio Público o de un secretario, oficial o agente judicial.
  • Documentos administrativos.
  • Certificaciones oficiales que hayan sido puestas sobre documentos privados, tales como la certificación del registro de un documento, la certificación sobre la certeza de una fecha y las autenticaciones oficiales y notariales de firmas en documentos de carácter privado.
Sin embargo, no se aplicará a:
  • a) los documentos expedidos por funcionarios diplomáticos o consulares.
  • b) los documentos administrativos relacionados directamente con una operación comercial o aduanera.
  • c) los documentos que, en aplicación de otros Convenios Internacionales, estén exentos de ser legalizados o apostillados.

Quién puede solicitarlo/presentarlo

Puede solicitar la Apostilla de la Haya cualquier portador de un documento público cuya autenticidad desee certificar.

¿Dónde se puede acudir para apostillar un documento?
Según lo indicado en el Real Decreto 1497/2011, de 24 de octubre, por el que se determinan los funcionarios y autoridades competentes para realizar la legalización única o Apostilla prevista por el Convenio XII de la Conferencia de La Haya de Derecho Internacional Privado, de 5 de octubre de 1961, se puede acudir para apostillar un documento a los siguientes lugares:
  • Documentos públicos judiciales expedidos por la Audiencia Nacional y el Tribunal Supremo:
    • Secretarios de Gobierno de los respectivos tribunales o en quien ellos deleguen.

TRAMITES DE APOSTILLA PARA ESPAÑA SELLO CONSULAR DE LA AGREGADURIA (COMPULSA)

Legalizaciones y compulsas
La legalización es un acto administrativo por la que se otorga validez a un documento público extranjero, comprobando la autenticidad de la firma puesta en un documento y la calidad en que la autoridad firmante del documento ha actuado.

Desde la entrada en vigor del Convenio de la Haya, suscrito por Colombia y España, se suprime la exigencia de legalizaciones de documentos públicos extranjeros entre Colombia y España. Por consiguiente, todos los documentos públicos colombianos que se encuentren debidamente legalizados con la Apostilla de la Haya tendrán validez en España sin necesidad de ser legalizados . El Ministerio de Relaciones Exteriores colombiano es la autoridad competente para expedir la Apostilla de la Haya.
Y por otra parte, cualquier ciudadano que desee presentar ante las autoridades colombianas un documento de origen español, deberá apostillarlo previamente en España. Los funcionarios competentes en ESPAÑA para colocar dicha Apostilla de la Haya, en función del tipo de documento, son: 

  • Para documentos dimanantes de una autoridad o funcionario vinculado a una jurisdicción del Estado, incluyendo los provenientes del ministerio público, o de un secretario, oficial o agente judicial, el funcionario competente será el Secretario de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma correspondiente.
  • Para documentos autorizados notarialmente y documentos privados cuyas firmas hayan sido legitimadas por Notario, el funcionario competente será el Decano del Colegio Notarial respectivo o Miembro de su Junta Directiva. 
  • Para los documentos expedidos por las autoridades y funcionarios de la Administración Central (incluido el Registro Civil Central) se podrá dirigir al Ministerio de Justicia.
  • Respecto de los documentos públicos de las restantes Administraciones, excepto los emanados de los órganos de la Administración Central, los interesados en el cumplimiento del trámite podrán utilizar indistintamente y a su elección el procedimiento 1) o el procedimiento 2).

(BOE. núm. 248, de 17.10.78 y BOE núm. 17, de 19. 01. 79)
Por último, cabe señalar que los ciudadanos extranjeros de países no subscriptores del convenio de “La Apostilla de la Haya” residentes legalmente en Colombia que necesiten legalizar documentos de su país de origen ante las autoridades españolas podrán solicitar dicho trámite en este Consulado de España en Bogotá.

Compulsas y Legitimaciones de Firma
Para compulsas de documentos académicos deberá reservar cita en la Agregaduría de Educación
Para el resto de compulsas: reserve cita previa aquí
Para la compulsa de documentos, el interesado debe presentar el documento original y las fotocopias del mismo que desee compulsar. Tenga en cuenta que Para la compulsa de documentos, el interesado debe presentar el documento para compulsar una fotocopia de pasaporte.
Para la legitimación de firma, el interesado deberá aportar el documento original para firmarlo en presencia del funcionario consular, así como un documento de identidad español vigente donde aparezca su firma (DNI o pasaporte).
El importe de las tasas consulares se abonará en efectivo en el momento de la solicitud.